Interés General

Conocé las medidas que regirán hasta el 21 de mayo

Estarán vigentes desde el 1 de mayo al 21 inclusive

Las restricciones se tomaron según tres factores: Razón -aumento de casos en últimos 14 días-; Incidencia -cantidad de casos sobre población- y Ocupación de camas de UTI.

El país quedó dividido en cuatro zonas:

1-  SITUACION DE BAJO

2-  MEDIO

3-   ALTO RIESGO EPIDEMIOLÓGICO Y SANITARIO

4-  ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA.

Medidas generales en todo el país:

– Viajes Grupales: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

– Reuniones Sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

– Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Las reuniones al aire libre serán de hasta 10 personas

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: 0.8 a 1.2 e b) Incidencia: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 Habitantes:

  • Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: Mayor A 1.20 e b) Incidencia: Mayor A 150 c/ 100.000 Habitantes:

– Reuniones sociales:

– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

– Deportes: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

– Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

– Horario de cierre de Gastronomía: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 horas.

 Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

+ Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

¨* Disposiciones locales y focalizadas de contención: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Las clases serán con modalidad a distancia

 Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria:

* Actividades suspendidas:

– Centros comerciales y shoppings.

– Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

– Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

* Restricción en ámbito educativo.

Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles.

* Deportes: Se prohíben los deportes grupales.

* Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

*Horario de cierre gastronomía: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, solo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

* Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

* Transporte público: solo para esenciales y autorizados.

 

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