Interés General

Deudores alimentarios: Tendrán problemas para obtener la licencia de conducir

Sólo se la darán en forma provisoria.

En el marco normativo de la ley provincial Nº 13.074,Mediante la resolución 2/2022 la Dirección Provincial de Políticas de Seguridad Vial de la provincia de Buenos Aires estableció que si se encuentran activos en el Registro de Deudores Alimentarios se les otorgará la licencia en forma provisoria por cuarenta y cinco días, con la obligación de regularizar su situación dentro de ese plazo para obtener la definitiva.

Si pasado ese lapso el deudor sigue apareciendo en el registro no podrá tramitar una nueva licencia y la que portaba habrá perdido validez.

Teniendo en cuenta que el único/a beneficiado con la regulación de la cuota alimentaria es el niño/a , el objetivo de dicha medida es colaborar en la lucha contra el incumplimiento del pago de alimentos, como alternativa para torcer la voluntad del padre o madre deudor.

Ha de tenerse en cuenta que el certificado de libre deuda, que extiende el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, donde funciona el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, tiene una validez de 60 días corridos.  El certificado acredita que una persona está o no, inscripta como deudor alimentario.

Escobar a Diario comparte con sus lectores el siguiente enlace para ingresar e iniciar el trámite: https://rdam.mjus.gba.gob.ar/  

Cabe recordar que la cuota alimentaria es un importe mensual que debe pagar el padre o madre que no convive con sus hijos para colaborar con los gastos destinados a su bienestar. El pago es obligatorio hasta que los menores alcancen la mayoría de edad. El deber alimentario de los padres con los hijos e hijas se encuentra regulado en el Código Civil y Comercial y en tratados internacionales, que gozan de jerarquía constitucional, como el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención sobre los Derechos del Niño.

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