Interés General

Ruta 26: Marco normativo y regulación de la ordenanza de rezonificación

Como ya informara Escobar a Diario, el último viernes el Concejo Deliberante de Escobar aprobó nuevos usos y cambio de indicadores urbanísticos  a las parcelas frentistas de la Ruta Provincial N° 26. Horas antes, la secretaria Legal y Técnica del Municipio, Laura Guazzaroni, sostuvo en una entrevista a un medio colega que la ordenanza de la ruta 26 “pretende proteger y no avasallar”. “No es una nueva rezonificación, buscamos regular y que las cosas ocurran con un determinado marco normativo, que sean iguales para todos los vecinos y vecinas de nuestro distrito”, aseguró.

Laura Guazzaroni.

La funcionaria explico que se trata solo de un tramo de algo más de 2 kilómetros y que, por cierto, este corredor ya tiene usos muy diversos. En realidad, aquellos que la recorren a diario pueden observar que algunos comercios ya están instalados, aunque la falta de regularización no les permite estar en concordancia con las viejas ordenanzas. A partir de esta regulación la parte comercial comprenderá únicamente 600 metros, en los extremos del corredor. “Son los primeros 300 metros desde Panamericana y otros 300 llegando a Savio. El tramo más largo es donde se determinan usos únicamente para viviendas unifamiliares y multifamiliares” – aseguró Guazzaroni.

Cabe destacar que el proyecto que volvió al tapete en las últimas semanas y que se trató en la 5ta. Sesión Ordinaria del pasado día viernes en el Teatro Seminari, de hecho, ya fue votada como rezonificación hace 5 años atrás, aproximadamente. En esta oportunidad el cuerpo legislativo solo terminó de cumplir con los pasos que le solicita la Provincia de Buenos Aires, para convalidarla.

En definitiva, el proyecto de Ordenanza con los cambios solicitados por la Dirección Provincial de Planificación Urbana y Territorial para la convalidación de la Ordenanza 5351, sancionada en 2016, estableció la creación de dos zonas de desarrollo extraurbano, comprendidas entre las calles General San Martín y Almafuerte/Tronador. Es necesario aclarar, sin embargo, que quedó prohibida la instalación de confiterías bailables, salones de fiestas, hipermercados, depósitos, estaciones de combustible, funerarias, industrias, talleres y templos.

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