Interés General
SUTEBA Escobar en el HCD: Proyecto de interés municipal en defensa del sistema jubilatorio docente

El gobierno nacional acordó con el FMI modificar el sistema jubilatorio argentino, comenzando por los «regímenes especiales», como el docente.
SUTEBA Escobar envió un comunicado a los medios de prensa donde señala: «De concretarse esta reforma aumentarían la edad jubilatoria y cambiarían la base para calcular las jubilaciones.
Además, es la antesala para la privatización de todo el sistema jubilatorio, como ya sucedió en los ’90, lo cual implicaría un gigantesco saqueo de los aportes de los trabajadores para negocio de los banqueros y los buitres.
¡Hay que frenar este ataque!»
Suteba está presentando en todos los Concejos Deliberantes de la provincia un proyecto de ordenanza para que se declare «de interés municipal la defensa del sistema jubilatorio docente», y el «rechazo a cualquier intento de modificación del sistema jubilatorio en favor de los especuladores».
Este viernes, a las 12hs, seran recibidos por el bloque de concejales de Unión por la Patria de Escobar en el Consejo Deliberante de Escobar, quienes adelantaron que apoyarían la iniciativa.
«Invitamos a los medios para una conferencia de prensa que difunda este importante reclamo» dijeron.
Suteba Escobar
La nota fue presentada con copia a todos los bloques.
Escobar, 01 de Julio de 2026
A todos los bloques representados en el honorable
Concejo Deliberante del Distrito de Escobar
Desde SUTEBA estamos llevando adelante en todos los distritos de la provincia de Buenos Aires una acción para que los Concejos Deliberantes respectivos manifiesten el apoyo y defensa irrestricta del régimen previsional docente de la Provincia de Buenos Aires.
El gobierno nacional ha manifestado en reiteradas oportunidades su intención de modificar el sistema jubilatorio de nuestro país, comenzando por modificación/eliminación de los regímenes especiales, como es el caso del sistema docente.
Esta iniciativa no es inocente, sino que obedece a requerimientos del FMI y de los banqueros interesados en quedarse con los aportes de los trabajadores.
Esta pretensión no solo lesionaría gravemente nuestros derechos como trabajadores de la educación, sino que además violaría la propia Constitución al desconocer la potestad que tiene cada provincia de administrar sus fondos en forma autónomo y tener sus propios regímenes jubilatorios.
Si el gobierno nacional, el FMI y los banqueros, lograran meter sus manos en nuestros aportes y asimilar nuestro sistema a uno nacional, no solo un golpe muy fuerte hacia nuestros derechos, sino además un retroceso enorme en nuestros derechos como trabajadores.
Pedimos, por lo tanto, a los Sres. Concejales de todos los bloques que tengan en consideración la propuesta de sancionar una ordenanza que declare el rechazo al intento de reforma previsional, apoyo y defensa al régimen previsional docente, y que se declare de interés municipal la defensa del sistema previsional público, solidario y de reparto administrado por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS).
Adjuntamos a la presente nota el proyecto de ordenanza que proponemos.
Saludamos a ustedes muy atentamente. SUTEBA ESCOBAR
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La preocupación generada ante los proyectos de reforma previsional a nivel nacional y su posible impacto sobre las trece cajas previsionales provinciales, entre ellas el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS);
y CONSIDERANDO:
Que el régimen previsional docente no constituye un privilegio sectorial, sino un régimen especial sustentado en la naturaleza penosa, riesgosa y de desgaste prematuro de la tarea educativa;
Que el ejercicio de la docencia implica una carga física, emocional y psíquica permanente, reconocida internacionalmente como una actividad de alto estrés laboral y desgaste profesional;
Que organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la UNESCO han reconocido la especificidad de la tarea docente y la necesidad de garantizar condiciones previsionales acordes a dicha realidad;
Que el Convenio 128 de la OIT establece que las actividades consideradas penosas o insalubres deben contar con una reducción en la edad jubilatoria respecto de los regímenes ordinarios;
Que en la República Argentina el régimen docente nacional establecido por la Ley Nacional N° 24.016 y el régimen provincial administrado por el IPS reconocen la especificidad de la tarea educativa mediante requisitos jubilatorios diferenciados;
Que el régimen previsional docente de la Provincia de Buenos Aires se financia mediante mayores aportes personales, garantizando sustentabilidad y autonomía financiera;
Que el sistema previsional público, solidario y de reparto constituye una herramienta fundamental de justicia social y redistribución del ingreso;
Que cualquier intento de elevar la edad jubilatoria, aumentar los años de servicio o reducir derechos previsionales impactaría negativamente en la salud de las y los trabajadores, así como también en la calidad educativa;
Que las reformas previsionales impulsadas en otras provincias no han solucionado los problemas estructurales de financiamiento y, por el contrario, han deteriorado las condiciones laborales y previsionales;
Que resulta indispensable sostener políticas públicas que fortalezcan el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y garanticen su continuidad como organismo autárquico y solidario;
Que el Honorable Concejo Deliberante tiene la responsabilidad institucional de expresar su defensa de los derechos previsionales de las y los trabajadores bonaerenses;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
ARTÍCULO 1° Exprésase el profundo rechazo de este Honorable Concejo Deliberante a cualquier intento de reforma previsional que implique la pérdida de derechos adquiridos por las y los trabajadores docentes y estatales de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2° Manifiéstase el apoyo y defensa irrestricta del régimen previsional docente diferencial, tanto nacional como provincial, fundamentado en el desgaste prematuro, físico y psíquico, derivado del ejercicio de la actividad educativa.
ARTÍCULO 3° Declárase de interés público municipal la defensa del sistema previsional público, solidario y de reparto administrado por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS).
ARTÍCULO 4° Solicítase al Gobierno Nacional el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente respecto del financiamiento y sostenimiento de las cajas previsionales provinciales no transferidas.
ARTÍCULO 5° Solicítase al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires la continuidad de políticas públicas destinadas al fortalecimiento financiero y administrativo del Instituto de Previsión Social, garantizando su carácter solidario, autónomo y sustentable.
ARTÍCULO 6° Exprésase la necesidad de promover políticas provinciales y nacionales orientadas a fortalecer los recursos genuinos del sistema previsional bonaerense, mediante iniciativas estratégicas de soberanía logística, tributación progresiva y contribuciones específicas de los sectores económicos de mayor capacidad contributiva y utilización de infraestructura pública.
ARTÍCULO 7° Remítase copia de la presente al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a ambas Cámaras de la Legislatura Provincial, al Honorable Congreso de la Nación, al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y a las organizaciones sindicales representativas del sector docente y estatal.
ARTÍCULO 8° Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-




