Interés General
Nuevas escalas del Monotributo: hasta cuándo se puede hacer la recategorización
Desde hoy, 15 de ebero, y hasta el miercoles 5 de febrero se podrá realizar la recategorización del Monotributo, según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Se trata de una Recategorización simplificada, a la que se podrá acceder a través de la web o la aplicación. Las nuevas categorías con la actualización de la inflación del segundo semestre de 2024 fueron publicadas por el organismo.
Cabe señalar que, la cuota que vence en enero sigue siendo la misma del mes anterior y luego, con las nuevas tablas que se van a publicar mañana, los monotributistas se van a poder recategorizar hasta el 5 de febrero. Si los ingresos de los contribuyentes acompañaron a la inflación se mantendrán en la misma categoría, pero si los ingresos se quedaron atrás pueden bajar de categoría, incluso, y de esta manera pagarían menos. El Monotributo se divide en escalas, que van de la “A” a la “K” y que los montos que se deben abonar van subiendo progresivamente, al igual que los requisitos para pertenecer a cada categoría.
Debe tenerse en cuenta cuál fue el monto de inflación acumulada en el segundo semestre de 2024, ya que ese es el parámetro que utiliza el organismo para definir la actualización.
Segun el Indec, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) tuvo una variación del 2,7% en diciembre, con lo que cerró el semestre con una inflación del 21,14%, por lo que la escala quedará conformada de esta manera:
- La categoría “A”, que antes contemplada a quienes tenían ingresos brutos de hasta $6.450.000 anuales, ahora incluirá a quienes perciban hasta $7.813.530. En tanto, el impuesto total a pagar pasará de $26.600 a $32.223.
- La categoría “B” será para quienes ganen hasta $11.447.730 brutos anuales. El impuesto mensual total será de $36.681 a partir de febrero.
- La categoría “C” llegará hasta los $16.051.050 de ingresos brutos y el impuesto será de $42.954.
- La categoría “D”, que llegaba a $16.450.000 brutos anuales, saltará a $19.927.530. El impuesto final será de $55.050
- La categoría “E” incluirá a partir del 15 de enero a quienes ganen hasta $23.440.590. A partir de esa categoría el impuesto a pagar es diferente, según si el contribuyente se dedica a la venta de bienes o a la prestación de servicios. En el primer caso pagará $77.951 mensuales y en el segundo tributará $70.440.
- La categoría “F” reunirá a aquellos contribuyentes con ingresos de hasta $29.376.450. El impuesto será de $98.103 para bienes y de $84.535 para servicios, tomando en consideración la inflación publicada por el Indec.
- La categoría “G” será para quienes ganen hasta $35.130.600 y el impuesto irá de $103.328 a $149.845, dependiendo de la actividad del contribuyentes.
- La categoría “H” abarcará a los trabajadores con ingresos brutos de hasta $53.301.600 anuales. En ese caso, el impuesto será de $340.081 para bienes y de $206.827 para servicios.
- La categoría “I”, por su parte, saltará de $49.250.000 a $59.661.450 de ingresos brutos máximos anuales. El impuesto será de $627.030 para quienes se dedican a la venta de bienes y de $309.038 para quienes prestan algún servicio.
- La categoría “J”, en tanto, será para quienes ganen hasta $68.322.960 mensuales. Esos contribuyentes deberán pagar $377.873 por servicios o 759.464 por bienes.
- La categoría “K”, por último, que tenía un ingreso bruto máximo de $68.000.000 anuales, a partir de ahora llegará a $82.375.200. Si el contribuyente se dedica a la venta de bienes, deberá pagar $1.050.386 y si presta servicios, tendrá que pagar $456.800.
Habrá de tenerse en cuenta que, si un contribuyente debe cambiar de categoría y no se recategoriza, ARCA puede hacer una recategorización de oficio.