Interés General
Entró en vigencia la receta electrónica
La ley establece que la prescripción de medicamentos deja de ser en papel y en todo el país comienza a ser obligatoria exclusivamente mediante los soportes registrados en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS). Promete mayor eficiencia, seguridad, trazabilidad y mejor interacción entre pacientes, médicos y farmacias.
Hoy, 1° de enero del 2025 entró en vigencia la receta electrónica que se convertirá en la única modalidad válida para la prescripción de medicamentos. El Ministerio de Salud busca que este avance consolide un ecosistema digital más eficiente. La Ley Nacional de Recetas Electrónicas (Nº27.553) se reglamentó el 1 de julio de 2024 y otorgó 180 días para la adecuación de las plataformas y repositorios, plazo que concluyó ayer, 31 de diciembre.
Escobar a Diario te cuenta lo que tenés que saber sobre la manera en que se emiten y gestionan las órdenes médicas a partir de ahora.
La nueva receta digital debe contener los siguientes requiistos:
- Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio
- Código de barras
- Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo
- Descripción del medicamento recetado, que debe detallar:
- Nombre genérico o denominación común internacional
- Presentación
- Forma farmacéutica
- Cantidad de unidades
- De manera opcional, el nombre comercial sugerido por el prescriptor profesional
- Diagnóstico
- Fecha de emisión
- Firma digital del profesional
Las personas podrán retirar la medicación indicada por el profesional en las farmacias, solo con la presentación de su DNI y/o credencial de la obra social o prepaga.
El listado de plataformas aprobadas por el ReNaPDiS está disponible en el sitio web del Ministerio de Salud, junto con los enlaces de acceso.