Interés General
Conocé las medidas que regirán hasta el 21 de mayo
Estarán vigentes desde el 1 de mayo al 21 inclusive
Las restricciones se tomaron según tres factores: Razón -aumento de casos en últimos 14 días-; Incidencia -cantidad de casos sobre población- y Ocupación de camas de UTI.
El país quedó dividido en cuatro zonas:
1- SITUACION DE BAJO
2- MEDIO
3- ALTO RIESGO EPIDEMIOLÓGICO Y SANITARIO
4- ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA.
Medidas generales en todo el país:
– Viajes Grupales: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
– Reuniones Sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
– Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
Las reuniones al aire libre serán de hasta 10 personas
Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: 0.8 a 1.2 e b) Incidencia: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 Habitantes:
- Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: Mayor A 1.20 e b) Incidencia: Mayor A 150 c/ 100.000 Habitantes:
– Reuniones sociales:
– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
– Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
– Deportes: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
– Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
– Horario de cierre de Gastronomía: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 horas.
Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
+ Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
¨* Disposiciones locales y focalizadas de contención: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.
Las clases serán con modalidad a distancia
– Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria:
* Actividades suspendidas:
– Centros comerciales y shoppings.
– Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
– Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
* Restricción en ámbito educativo.
Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles.
* Deportes: Se prohíben los deportes grupales.
* Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
*Horario de cierre gastronomía: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, solo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
* Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
* Transporte público: solo para esenciales y autorizados.