Interés General

CASO RE/MAX: Fallo en contra del Municipio de Escobar por extralimitarse

 

El Juzgado Administrativo de Campana falló en contra del municipio de Escobar por extralimitarse en sus competencias al expedirse sobre cuestiones que exceden la publicidad en la vía pública y ordenó restituir los carteles publicitarios de la inmobiliaria adherida a RE/MAX que habían sido secuestrados.

La jueza Mónica Edith Ayerbe, del Juzgado Administrativo de Campana, hizo lugar a la medida cautelar solicitada en un principio por el martillero Mauro Marvisi, quien contrata servicios complementarios para su negocio a través de RE/MAX.

La medida cautelar solicitada por Marvisi, además de la devolución de la cartelería, también pedía que el Municipio de Escobar se abstuviera de aplicar la Ordenanza N° 5941/21 que permite acciones materiales sobre los mencionados carteles.

En un escrito enviado a este medio por Luciana Panizza, Junior Comms Executive –Feedback PR. argumentan

«Este episodio, desafortunado para Municipio de Escobar, es un nuevo capítulo de la campaña de persecución que los Colegios de Martilleros de la provincia de Buenos Aires vienen realizando a los martilleros que trabajan de manera independiente y que contratan servicios inmobiliarios complementarios ofrecidos por distintas empresas. La Ordenanza en cuestión fue impulsada por Carlos Ramill (PJ-FdT), intendente interino de Escobar en reemplazo de Ariel Sujarchuk, respondiendo en favor de los intereses del Colegio de Martilleros de Zárate-Campana en cuya jurisdicción se inscribe el municipio.» 

Además de prohibir “la habilitación municipal de oficinas y/o estudios de negocios inmobiliarios, bajo nombres de fantasías y/o en representación de Franquicias, Licencias o Marcas de cualquier tipo”, también prohíbe la publicidad en la vía pública de las mismas y autoriza al Departamento Ejecutivo a revisar las habilitaciones comerciales legalmente vigentes.

«Sin embargo, el fallo de la jueza Mónica Edith Ayerbe, del Juzgado Administrativo de Campana, explica que la Ordenanza del Municipio de Escobar estaría violando las normas legales vigentes como el Derecho a la Propiedad y la Libertad de Expresión, pero, además, especialmente, estaría vulnerando la propia ley que regula la actividad profesional de los martilleros bonaerenses que no habla de tales prohibiciones»– culmina el comunicado.

Sin embargo si se observa especificamente la Sentencia puede deducirse que hay una interpretacion sesgada por parte de Luciana Panizza y que la jueza Ayerbe rechazó la medida cautelar en relación a la ordenanza. A saber:

Sentencia Marvisi (Remax) RESUELVO:

I.- Rechazar la solicitud de medida cautelar en pos de que se ordene la suspensión de ejecución de la Ordenanza del HCD Partido de Escobar N° 5941/21 (cfr. Considerando V).

II.- Hacer lugar a la solicitud de medida cautelar relativa al secuestro de los carteles secuestrados por el Municipio de Escobar -Dirección de Inspección y Control- en fechas 27/5, 1/6 y 15/6 de 2022,

Es decir que en el punto 2 la jueza determina que se devuelvan los carteles a la empresa, pero no hace lugar a la suspensión de ejecución de la ordenanza 5941 del año anterior.

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