Interés General

Lo barato sale caro”: Conversatorio con Aída Kemelmajer de Carlucci y Marisa Herrera

 

Entrevista a dos personalidades destacadas del mundo jurídico: la Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci, jurista argentina doctrinaria, académica, ex miembro de la Corte Suprema de la provincia de Mendoza, es doctora en Derecho, ganadora del premio KONEX BRILLANTE en humanidades y por otra parte está la Dra. Marisa Herrera abogada, doctora en Derecho, especialista en Derecho de Familia, investigadora del CONICET; ambas han publicado numerosos libros y artículos; y han sido co- redactoras de la Reforma del Código Civil y Comercial que entró en vigencia en el 2015.

Entrevistadora: queríamos preguntarles sobre unas expresiones hace un tiempito atrás, no mucho, de parte del actual ministro de Justicia de la Nación el Dr. Cuneo Libarona, quien en un acto de cierre en el Colegio de Escribanos, finalizó el acto haciendo alusión a, también como una expresión de deseo, “que los escribanos puedan realizar divorcios administrativos para ahorrarle dinero a la gente y facilitarle los trámites en esta vida”

Dicho ésto les voy a preguntar: ¿en la práctica es posible al día de hoy tener un divorcio administrativo para la gente?

Dra. Aída Kemelmajer: El Código Civil y Comercial,  recogiendo la tradición  judicial Argentina, no es un invento el código, establece  que no hay divorcio sin sentencia judicial, en el régimen vigente, para el  divorcio  exige intervención judicial. Si hubiese algún proyecto para desjudicializar el procedimiento del divorcio  no lo conocemos o yo no lo conozco, en los términos que Ud. lo ha planteado, es decir un divorcio en sede notarial; En la Ley de Bases cuando fue presentada, en su proyecto originario, el que tenía arriba de 600 artículos lo preveía como un divorcio administrativo realizado ante la dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas o sea la misma autoridad que celebraba el matrimonio podía disolverlo a través del divorcio,  pero antecedentes en la Argentina del divorcio notarial no me parece que hayan muchos, no por lo menos en lo que es de mi conocimiento no es una idea que haya generado al menos numerosos proyectos que se presentarán ante el poder legislativo, es el que tendría que intervenir dado que  el viejo Código Civil y el actual Código Civil y Comercial hablan de un procedimiento de tipo judicial .

Entrevistadora:  Esto es atractivo para la ciudadanía, obviamente si fue expresado en términos de ahorro de dinero y facilidad de trámites.

Dra. Marisa Herrera: Con la simple expresión “ lo barato sale caro”,  es importante porque la falta de  abogado o abogada no es nada más que una cuestión de facilidad y ahorro,  es también el costo que tiene eso en términos emocionales, ¿por qué?,  la gente sabe que derechos tiene cuando se divorcian ?No, salvo que sean abogados y abogadas, no saben qué derechos tienen, entonces, la pregunta : Cómo sabés qué derechos tenés, si no vas a un abogado o abogada que te pueda asesorar y justamente saber cómo te tenés que divorciar, qué derechos tenés e incluso acordar para ir un buen divorcio.

En el proyecto que se refiró Aída y fue a hablar a la Cámara de Diputados, justamente lo que se hace incapié básicamente, es que dónde te casas te divorcias, en el mismo registro civil ; sin embargo el código Civil y Comercial vincula muchas cuestiones a la sentencia de divorcio al plazo en que empiezan a correr tus derechos. Entonces si voy me divorcio en sede administrativa, en el Registro Civil y después no vuelvo más a Tribunales, va a empezar a correr a espaldas mías sin que yo sepa, que efectivamente tengo por ejemplo, el derecho a pedir una compensación económica, solicitar que ese desequilibrio económico, a raíz del matrimonio, que se ha generado, pedir una compensación.  Entonces después esto qué implica? El abogado tiene una mirada sistémica que permite ver que el divorcio no se trata solo de extinguir el vínculo matrimonial, tiene efectos y eso no estaría vinculado en ese proyecto donde se cree que solo es una cuestión de extinción del vínculo, sin tomar en cuenta todos los efectos jurídicos que tiene el divorcio.

 

Entrevistadora: Hablábamos de compensación económica y la gente, el ciudadano de a pie no tiene estos términos, arraigados, ni claros, de manera de poder entenderlos y valorar adecuadamente estos conceptos.  Muy escuetamente, ¿de qué se trata?

 

Dra. Aída Kemelmajer: Este es un tema que antes de la vigencia del Código Civil y Comercial no existía en la Argentina, esta es una figura nueva que hemos incorporado que rige para los divorcios y para las uniones convivenciales que se exigen después del año 2015, las anteriores no tenían estas esta figura entonces precisamente eso es un hace que sea necesaria mayor información porque la gente ¿qué sabe de estos efectos o consecuencias del divorcio que señalaba Marisa?

Sabe que si tiene hijos menores de edad o con discapacidad, los padres tienen que pasar alimentos los hijos, que hay que resolver quién tiene el uso de la vivienda, saben que si no hay hijos o a lo mejor si ni siquiera tienen esa vivienda pueden existir otros bienes y esos bienes si se conformaron durante el matrimonio sí se van a dividir, pueden saber eso pero no saben de estas otras figuras jurídicas. Entonces por ejemplo, los chilenos cuando incorporaron esta figura jurídica que también era nueva ellos, idearon que lo mejor era que el juez pudiese explicarle a las partes, entonces como se puede pedir solo durante el juicio de divorcio en Chile, a diferencia de nosotros que podemos pedirlas hasta seis meses después de la sentencia de divorcio, idearon que el juez explicara a las partes, “ mire tengo que decirles, por si no lo pidieron los abogados, que en Chile existe esto”.  Nosotros también pensamos y si dijéramos que el juez informará ?,  pensamos que eso no era conveniente de acuerdo con lo que son nuestros hábitos y lo que es la regulación por lo siguiente: en Argentina el juicio de divorcio es un procedimiento, ahora a partir del año 2015, muy sencillo muy simple el procedimiento Pero por qué es sencillo?, por qué es simple?, porque está previendo  que las personas que se quieren divorciar están suficientemente asesoradas por los abogados y porque presume que la gente está asesorada por los abogados,  y por qué presume que la gente está asesorada por los abogados?, porque  la ley exige al que se quiere divorciar, sea una persona o las dos personas,  sea  el divorcio  que llamamos  unilateral por parte de uno o que se presenten los dos,  tienen que presentarle al juez una propuesta sobre qué va a pasar con estos temas que mencionaba yo recién:  que va a pasar con los hijos?, cómo se van a comunicar?, cuál es el régimen de los alimentos?, a quién se le va a atribuir la vivienda? y todo eso para poder presentarlo supone que la gente se ha reunido en el estudio de un abogado, que han discutido, que los abogados los han informado suficientemente de todos esos derechos, incluso estas prestaciones compensatorias y entonces, la gente está suficientemente informada y sobre todo está suficientemente informada la parte que puede ser una parte débil dentro de la relación. Entonces, muchas veces la gente llega al divorcio después de situaciones muy traumáticas, como pueden ser situaciones de violencia donde la persona está en una situación de debilidad.  Entonces el Código Civil y Comercial ha previsto un procedimiento ante el juez muy rápido, muy simple,  no se pueden discutir las causas del divorcio, no se puede discutir nada de eso,  pero es así de rápido y así de fácil porque viene precedido de toda una información en  la que seguramente tienen que haber habido abogados de ambas partes que han estado preparando ese acuerdo o esa propuesta y la persona cuando se divorcia no se divorcia como algo que le resbala en la vida, sino que se divorcia previendo cuáles son las consecuencias del divorcio.

Entrevistadora:   entonces podemos decir que en realidad aquello de abarataba los costos, lo que implicaría la no intervención de un abogado para las partes y demás, que de pronto caló en la gente que dice “Bueno si me puedo ahorrar esto, entonces me va a facilitar,… “ terminaría siendo probablemente una cuestión que a posteriori traerá más problemas que  soluciones.

Dra .Aída Kemelmajer: es como dice Marisa “ lo barato sale caro”, cuando Ud. se compra un inmueble sin importarle para nada en qué lugar se encuentra, ni quien es  la empresa constructora, Ud. no hace eso, Ud. no compra un inmueble donde va a vivir a ciegas, tampoco se puede divorciar a ciegas porque los divorcios generan consecuencias y como mínimo la gente tiene que saber cuáles son esas consecuencias, alguien se las tiene que informar, especialmente insistimos en aquellos matrimonios en los que hay una parte que se encuentra en una situación de mayor debilidad que la otra y aunque se encuentren en la misma situación la gente necesita conocer los derechos . Aunque el código es muy claro y lo hicimos pretendiendo que no se necesitase un traductor y que la gente entendiera lo que dicen los artículos, no significa que usted no necesite asesoramiento de los abogados, de la misma manera que necesita asesoramiento médico cuando se va a operar, asesoramiento un arquitecto cuando va a construir un inmueble.

Dra. Marisa Herrera: a fines de la década del 80 comenzaron a haber abogados especializados en familia, eso generó que también el abordaje, el acompañamiento y la mirada y la contención sean diferentes. No es nada más que la cuestión económica por lo económico en sí, es también ¿cómo vamos a hacer con los chicos?, que pasa cuando no se tiene una muy buena relación?, bueno un montón de cuestiones que uno también tiene que valorar porque la verdad que eso ha hecho la especialización en familia y porque en realidad es muy importante para dar una mejor calidad en el servicio de asesoramiento.

La compensación viene a ocupar un vacío legislativo que había, lo vemos a través de un ejemplo muy simple: estoy en la facultad muy bien con mi desarrollo académico y laboral, ponele que le sale un trabajo muy bueno a mi marido en el extranjero, está perfecto me encanta, saco los chicos del colegio y nos vamos al extranjero. Pasan 10 años, obviamente yo dejé el CONICET, dejé la facultad, dejé todo mi desarrollo profesional, me encantó la experiencia, no es que uno lo haga obligado, para nada. Ahora después de diez años me divorcio y él sigue teniendo su trabajo, él sigue teniendo su lugar de pertenencia económicamente y yo no tengo nada, yo dejé de avanzar en mi desarrollo profesional y existe un desequilibrio económico que puedo plantear judicialmente y pedir una compensación económica. Es un tema de justicia que el Código tiene, es un Código con muchas más respuestas para lo que le pasa a la gente.

Dra. Aída Kemelmajer: Para este código no importa quién es culpable, quién es inocente, porque eso no son temas jurídicos, es un tema de la ética y la moralidad de la de la vida en común, entonces este código se ocupa de las consecuencias jurídicas, no del pecado, no de la moralidad, las consecuencias jurídicas tienen que ser explicadas a la gente, cuáles son sus derechos por los profesionales del derecho.

Entrevistadora: Por cómo se publicitó o difundió todo este tema creo que hay un concepto en torno al divorcio administrativo, qué sería para ciertas situaciones donde no tienen bienes en común, donde no tienen hijos, creo que inicialmente lo habían planteado desde la facilidad de” bueno te conocí y ya está listo no nos queremos más, vamos a otra cosa”, eso llegó a la comunidad.

Dra. Marisa Herrera: No es eso lo que decía el Proyecto , es cierto que en el derecho comparado tanto el divorcio notarial como el administrativo, ante el registro civil, básicamente, sí primero es con abogado, seguro, pero además dice que no se puede ir a ese tipo de divorcio si hay hijos, porque a veces interviene el asesor de menores o el Ministerio público, o cuando no hay bienes, es bastante restrictivo y terminan siendo muy pocos casos porque en general son parejas de poca duración , porque si son parejas de varios años, tienen bienes o tienen hijos , quedan afuera, entonces, uno se pregunta, para qué? complejizarlo con dos tipos de regímenes cuando en realidad es mejor un sistema único judicial , donde ya es sencillo, porque además el año que viene se cumplen 10 años de la puesta en vigencia del Código Civil y Comercial, “equipo que gana no se cambia” y claramente el código Civil y Comercial en el tema divorcio no ha tenido ningún conflicto, entonces no habría que cambiar nada.

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