Interés General

Las empresas de comunicaciones podrán fijar precios libremente

La justicia anuló un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) y si bien la sentencia puede ser apelada, tuvo lugar a partir de un reclamo de Telecom y a pocos días de la asunción de Javier Milei.

Cabe recordar que el decreto, publicado durante la pandemia, con el proposito que se brindara el servicio de comunicaciones a todos los habitantes y suspendía los aumentos de precios salvo autorización por parte del Enacom disponía tomar este servicio como «esencial» en medio de la particular situacion que vivia la Argentina y el mundo por el Covis 19.  Ahora la Jueza Cecilia De Negre señaló que «Disponer que una actividad económica se declare como servicio público, también requiere del dictado de una ley formal emitida por el Congreso, quedando vedado al Poder Ejecutivo la utilización de un DNU a ese fin.

 La medida beneficia a las empresas de telefonía fija, telefonía móvil, internet y televisión satelital, entre otros aspectos. A partir de esta resolución, las compañías estarán en capacidad de incrementar sus valores, sin ningún tipo de regulación por parte del Ente Nacional de Comunicaciones.

La resolución judicial en primera instancia, que podría ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, se tomó a partir de la demanda presentada el 7 de abril del 2021 por Telecom Argentina SA, actualmente en manos del Grupo Clarín.

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