Interés General
Los comicios nacionales: una obligación para todos los ciudadanos que figuren en el padrón

La multa por no ir a votar en las elecciones a nivel país en 2025 varía entre $1.000 y $2.000, según lo establecido en el Artículo 125 del Código Electoral Nacional.
Quien no regularice la situación queda inscripto en el Registro de Infractores y ve restringidos trámites como la obtención del pasaporte o el acceso a cargos públicos.
Esta sanción económica se aplica a los electores mayores de 18 y menores de 70 años que no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección.
Como ya lo hemos advertido en otros años el monto (menor al valor de un alfajor) no desalienta el incumplimiento mas bién todo lo contratrio. Como si esto no fuera suficiente se desconoce la aplicación de la multa a ciudadanos que hayan incurrido en la desobediencia en anteriores elecciones.
Quienes no voten y no justifiquen su ausencia deberán pagar una multa fijada por la Cámara Nacional Electoral. El trámite puede hacerse online o en el banco dentro del plazo legal. El artículo 125 del Código Electoralotorga 60 días para justificar la inasistencia o abonar la multa. Pasado ese lapso, la deuda se consolida y el infractor no podrá realizar gestiones ante organismos estatales durante un año, tal como establece el artículo 126.
Las bancas del Senado que estarán en juego corresponden a las provincias de Río Negro, Salta, Neuquén, Tierra del Fuego, Santiago del Estero, Entre Ríos, Chaco y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los bonaerenses ya lo votaron.
Cabe recordar que, por primera vez, el proceso electoral contará con la implementación de la Boleta Única de Papel (BUP). Esta modalidad, incorporada por la Ley N.º 27.781, tiene como objetivo aumentar la transparencia y equiparar la competencia electoral entre las distintas agrupaciones.




