Interés General
Escobar ya tiene el primer Código Municipal de Protección de Consumidores y Usuarios del país
«He seguido particularmente de cerca el tratamiento del Código Municipal de Protección de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios por parte del Concejo Deliberante. Incluso he participado del encuentro de presentación del Proyecto de Ordenanza.
En primer lugar, debo decir que la aprobación de este Código coloca a Escobar en un Distrito que se caracteriza -una vez más- por elaborar Políticas Públicas que efectivicen los Derechos y Garantías Constitucionales.
Este Código resulta fundamental para ordenar las relaciones de consumo, cuestión que vengo sosteniendo como Subsecretaria de Acceso a Derechos, y que he sostenido también durante los años que me desempeñé como Defensora del Pueblo.
En este contexto, tuve oportunidad de escuchar las argumentaciones de parte del bloque de Juntos por el Cambio, especialmente de la única abogada integrante del mencionado bloque. Y en ese sentido, opino que en términos estrictamente jurídicos, sus aseveraciones me resultan un verdadero disparate, y sus argumentos absolutamente infundados y carentes de basamento técnico, por lo que concluyo entonces, que esa fue la razón por la cual no se presentó a la convocatoria donde además de técnicos y especialistas de la materia se encontraba presente la sociedad civil, la cual espera de los concejales la responsabilidad institucional de legislar procedimientos que garanticen el acceso efectivo de sus Derechos, simplemente, porque los Derechos enunciados en la leyes son letra muerta sin un Proceso que viabilice su garantía de acceso.
Entiendo al escuchar su vehemencia de argumentación, que su real motivación es de carácter ideológico no jurídico.
No puede acompañar un proceso que garantice igualdad de trato al más débil de un vínculo: el usuario o el consumidor.
O realmente vamos a decir que una vecina o un vecino de cualquiera de los rincones de nuestro distrito puede en soledad -sin un Estado presente- ante la empresa de Energía cuando los cortes de suministro queman electrodomésticos, bombas, o generan pérdidas de mercadería?. O cuando los bancos, las financieras hostigan llamando incesantemente por tarjetas de crédito que se solicitaron o deudas que no contrajeron?.
Asimismo, las empresas de telefonía, las empresas de cable y de internet, cuando queremos reclamar o dar la baja del servicio, que hacen?.
Así pues, es importante también saber, que no se trata solo de situaciones de consumo de un servicio o un producto, también tiene injerencia este Código en cuestiones cuyo objeto es la Salud o la Educación, como ocurre con abusos por parte de Prepagas de Salud y Colegios Privados.
Para terminar, me parece importante llevar tranquilidad a los comerciantes de Escobar ante el dispendio de versiones mal intencionadas que se han manifestado, ya que este Código solo procura dejar en claro las reglas de juego, lo cual también resultará beneficioso para ellos, y manifestar mi agradecimiento como vecina de Escobar, por la responsabilidad institucional de todos aquellos concejales que acompañaron el proyecto, y a los que no lo hicieron, reiterarles lo que ya les dije en el recinto: que el pueblo seguramente recordará que cuando tuvieron la oportunidad de garantizar sus derechos decidieron infundadamente no hacerlo».